Si tu empresa tiene más de 50 trabajadores, probablemente ya sepas que el cumplimiento normativo ha dado un giro de 180 grados en los últimos meses. Lo que empezó como una recomendación europea es hoy una realidad con nombres, apellidos y, sobre todo, plazos de cumplimiento obligatorio.
1. El punto de partida: Septiembre de 2025
Desde el 1 de septiembre de 2025, la Ley 2/2023 (conocida como la Ley de Protección al Informante) entró en su fase de máxima exigencia. Esta ley obliga a todas las empresas de más de 50 empleados, así como a partidos políticos, sindicatos y organismos públicos, a disponer de un Sistema Interno de Información (comúnmente llamado canal de denuncias).
¿El objetivo? Permitir que empleados, proveedores o colaboradores denuncien irregularidades de forma 100% anónima y protegida. No tener este canal activo ya es motivo de sanciones que pueden alcanzar el millón de euros.
2. La novedad urgente: Registro del Responsable (RSII)
Muchos pensaron que con instalar un software ya estaba todo hecho. Sin embargo, la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) ha activado recientemente un trámite administrativo crucial que estaba en suspenso.
El pasado 10 de febrero de 2026, la AIPI habilitó oficialmente en su sede electrónica el formulario para la comunicación del Responsable del Sistema Interno de Información (RSII).
Lo que debes saber sobre este nuevo plazo:
- Fecha límite: Tienes hasta el 10 de abril de 2026 para registrar formalmente quién es la persona encargada de gestionar vuestro canal.
- Obligatoriedad: No basta con haberlo nombrado internamente; si no está registrado en la plataforma del Estado, la empresa está en situación de incumplimiento.
- Notificaciones futuras: Una vez hecho este registro inicial, cualquier cambio de responsable (ceses o nuevos nombramientos) deberá comunicarse en un plazo máximo de 10 días hábiles.
3. ¿Qué ocurre si no se realiza el registro?
La AIPI ya tiene "plenos poderes" para supervisar e inspeccionar. No realizar esta comunicación en tiempo y forma se considera una infracción grave, lo que puede suponer:
- Multas económicas elevadas.
- Prohibición de contratar con el sector público.
- Daño reputacional al publicarse la sanción de forma oficial.
4. Cómo actuar desde hoy mismo
Si eres cliente de Clockio, ya cuentas con la infraestructura técnica necesaria, pero recuerda que el cumplimiento es también administrativo:
- Identifica a tu RSII: Asegúrate de tener el acta de nombramiento firmada por el órgano de administración.
- Accede a la sede electrónica: Entra en la web de la AIPI con el certificado digital de la empresa.
- Comunica antes del 10 de abril: No lo dejes para el último día; evita colapsos en la plataforma.
En Clockio nos gusta manteneros al día de las noticias que consideramos clave para vuestra operativa. Por eso, os recordamos que la infraestructura técnica del canal de denuncias ya está integrada en vuestra plataforma desde hace meses, permitiéndoos cumplir con la ley de forma sencilla.
Nuestra función es proporcionaros la herramienta tecnológica necesaria; sin embargo, recordamos que la gestión de los casos y el cumplimiento de la normativa interna dependen exclusivamente de cada organización. Si vuestro equipo aún no ha habilitado este canal ya disponible, podéis hacerlo directamente desde vuestro panel para asegurar que vuestra empresa cuenta con los recursos técnicos exigidos.
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